Preguntas Frecuentes sobre Conceptos Básicos

La póliza es el nombre que recibe el documento en que se plasma el contrato de seguro y en el que se establecen las obligaciones y derechos tanto de la aseguradora como del asegurado, y donde se describen las personas u objetos que se aseguran y se establecen las garantías e indemnizaciones en caso de siniestro.

Existe una gama muy amplia de riesgos a asegurar, por lo tanto, lo primero que se debe hacer antes de tomar un seguro, es informarse detalladamente de las características del producto, de modo de determinar con precisión los riesgos cubiertos y las exclusiones existentes. Una vez aceptada la propuesta, se emite la póliza propiamente tal.

 

La póliza se compone de tres partes fundamentales:

  1. Condiciones particulares.
    Son los aspectos específicos de cada póliza en concreto que la individualiza frente a las restantes.
  2. Condiciones generales.
    Es el conjunto de cláusulas que establece el asegurador para regular todos los contratos de seguro que emita en el mismo ramo: extensión y objeto del seguro, riesgos excluidos, forma de liquidación de los siniestros, pago de indemnizaciones.
    Tienen que estar redactadas de forma clara y precisa. Además nunca deben perjudicar a los consumidores, por lo que todas aquellas cláusulas que limiten sus derechos, tienen que resaltarse de una forma especial y estar expresamente aceptadas por el asegurado.
  3. El condicionado especial
  4. Es el conjunto de cláusulas que resultan de aplicación a cada póliza en concreto.

El deducible se establece como un compromiso entre el asegurado y la aseguradora, es la participación del asegurado cuando ocurre un siniestro.

La mayoría de las pólizas de seguros tienen un deducible, con la finalidad de que el asegurado tenga corresponsabilidad en los gastos que un accidente o una enfermedad generan.

El porcentaje de deducible de una póliza puede aumentar o disminuir el precio de la misma. Entre más alto sea el deducible las probabilidades de aplicar ciertos gastos al seguro se eliminan.

El deducible es una cantidad fija o un porcentaje, que se cubre en cualquier caso, es decir que nadie puede eliminar su pago. Esto quiere decir que todo gasto menor al deducible contratado, no será cubierto por la aseguradora.

Es la cantidad máxima que pagará la aseguradora por el siniestro que deberá establecerse en la póliza.

La prima del seguro es el precio que debemos abonar al asegurador como pago del servicio contratado para que éste atienda la cobertura de los riesgos asegurados.

El pago de la prima se efectúa para poder percibir una compensación, en el supuesto de ocurrencia del siniestro.

En el caso de personas naturales

  • Hospitalización, cirugía y maternidad
  • Accidentes personales.
  • Vida.
  • Estructura y contenido de su vivienda.
  • Seguro de obras de arte, joyas y objetos de metales preciosos.
  • Responsabilidad civil como propietario de inmueble y jefe de familia.
  • Seguro del automóvil bajo Cobertura Amplia o Pérdida Total, incluyendo,  en ambos casos,  un exceso sobre el límite básico de Responsabilidad Civil,  previsto como obligatorio en la Ley, la asistencia legal y defensa penal,  accidentes del conductor y otros ocupantes de vehículo y la asistencia en carreteras.
  • Responsabilidad Civil Profesional.
  • Seguro de su oficina o consultorio.
  • Equipos electrónicos.
  • Aeronaves y embarcaciones.

Si es empresario (comerciante, industrial, constructor), ya sea persona natural o jurídica:

  • Asegurar la estructura, construcción, instalaciones permanentes, bienhechurías, mobiliario, maquinaria, y existencias (inventarios) de la industria o el comercio, contra: incendio; rayo;  explosión;  impacto de aeronaves, satélites, cohetes u otros aparatos aéreos o de los objetos desprendidos de los mismos;  daños por agua u otro agente de extinción del fuego; humo de un incendio;  motín, conmoción civil, disturbios populares y saqueos; disturbios laborales y conflictos de trabajo; daños maliciosos;  terremoto o temblor de tierra; daños por agua,  inundación, lucro cesante o pérdidas indirectas;  robo,  atraco y asalto; daños estructurales por robo o intento de robo.
  • Dinero en el local, contra robo, atraco y asalto y, en tránsito, contra atraco, asalto y accidentes de la persona o vehículo transportador.
  • Infidelidad de empleados, apropiación indebida y falsificación.
  • Transporte marítimo y/o aéreo para importaciones.
  • Transporte terrestre para los despachos de mercancía dentro del territorio nacional.
  • Rotura de maquinaria.
  • Responsabilidad civil.
  • Responsabilidad empresarial.
  • Todo riesgo de construcción,  estructura, materiales y equipos.
  • Fianzas de varios tipos.
  • Seguro colectivo de Vida,  Accidentes personales y HCM  para el personal de la empresa.
  • Vidrios, cristales, espejos y avisos exteriores.
  • Los vehículos de la empresa.
  • Aeronaves  y embarcaciones.

Es la manifestación concreta del riesgo que hemos asegurado y que produce los daños garantizados por el seguro. Al acaecer los daños previstos motiva la aparición del derecho a ser indemnizado.

El infraseguro es aquella situación que se origina cuando el valor del objeto o interés asegurado mediante una póliza de seguros, resulta ser inferior al que éste tiene en realidad.

Lo que incialmente pudiese parecer un ahorro para el asegurado en el coste de su seguro, puede resultar en un grave perjuicio económico, con recortes en la indemnización que pueden llegar a ser muy importantes.

  • Reportar el siniestro a nuestras oficinas, siempre dentro del plazo de tiempo establecido en el contrato y dependiendo de la empresa aseguradora y de las características del siniestro, se le indicarán los pasos a seguir.
  • Facilitar todo tipo de información y colaboración sobre los hechos y circunstancias del siniestro.
  • Tomar previsiones para aminorar las consecuencias económicas y dañosas del siniestro.
  • Conservación de restos y vestigios del siniestro